FCyE MAESTRA MAYRA 2° A, B, C y D
ESCUELA SECUNDARIA GENERAL No. 2 “QUANAX-HUATO”
GUANAJUATO, GTO. CLAVE 11DES0091D
CICLO ESCOLAR 2019– 2020
ACTIVIDADES A DISTANCIA
SEMANA DEL 18-22 DE MAYO DE 2020.
MAESTRA: MAYRA ISABEL ROCHA
BALDERAS.
ENVIAR AL CORREO ELECTRÓNICO:
xia_bella12@hotmail.com
Fecha de Entrega: Jueves 21 de
Mayo de 2020.
TRIMESTRE 3.- LA CONSTRUCCIÓN DE UNA SOCIEDAD JUSTA Y DEMOCRÁTICA
ES RESPONSABILIDAD COMPARTIDA.
SECUENCIA 13.- PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN
LAS ATRIBUCIONES, RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE REPRESENTANTES Y SERVIDORES
PÚBLICOS.
TEMA: “PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL RESPETO DE LAS LEYES”
Aprendizaje Esperado.: El alumno reconoce las
atribuciones y responsabilidades de los representantes y servidores públicos y
analiza, conforme a ellas, su desempeño.
Eje: Sentido de justicia y apego a la
legalidad.
Página 153 de tu libro de texto.
INTRODUCCIÓN:
RECORDEMOS:
QUE: La Autoridad es la facultad
que tiene algunas personas para dirigir a otras en la realización de una
actividad, en su comportamiento o en un proceso de aprendizaje.
Las figuras de autoridad con las
que convivimos a diario: Padres y madres de familia, Maestros, Directivos de
las Escuelas, Entrenadores, Árbitros deportivos, etc.
Todas y cada una de las figuras de
Autoridad tiene la responsabilidad de cuidar guiar a las personas que están
bajo su responsabilidad. Por ello deben
de apoyarse en normas y leyes que les sirven para regular las acciones de los
integrantes de la Comunidad con la intención de mantener un orden que permita a
todas las personas desarrollar sus actividades con seguridad, en un ambiente de
justicia y respeto a la dignidad y derechos humanos.
Principios necesarios para el
ejercicio de la autoridad en una sociedad democrática:
·
Legitimidad.
·
Legalidad.
Así mismo la función de las
Autoridades públicas puede darse de forma Directa o Indirecta, dependiendo del
cargo o actividad del servidor público.
v DIRECTA.
v INDIRECTA
Dentro de las obligaciones de los servidores públicos conducirse en el
desarrollo de sus funciones con apego a las leyes, de forma leal, honrada,
imparcial, eficiente, objetiva, profesional, eficaz, equitativa, transparente (rendición de cuentas),
económica, íntegra y competente.
La
rendición de cuentas hace valer el derecho a la información, consagrado en el Artículo Sexto Constitucional: “…El
derecho a la información será garantizado por el Estado…”. y parte del
principio de soberanía popular: “el
pueblo manda y debe der ser informado”. Se caracteriza por articular dos
intenciones:
v INFORMAR.- Las Autoridades dan a conocer a la ciudadanía
lo que hacen y la forma en que lo hacen.
v JUSTIFICAR.- Las Autoridades explican las razones de sus
decisiones.
En conjunto, la transparencia y la rendición de cuentas permiten que la
ciudadanía pueda:
v Conocer a sus Autoridades y saber lo que hacen
y como lo hacen.
v Evaluar a los Servidores Públicos e
Instituciones identificando sus errores y aciertos.
v Vigilar las acciones de los Servidores
Públicos y Representantes Populares.
v Participar con los gobiernos en el logro de
metas del beneficio común.
v Exigir sanciones para las Autoridades que no
cumplan con su deber con apego a la ley.
INSTRUCCIONES:
ACTIVIDADES:
1.- Reflexiona acerca de la responsabilidad que le corresponde a las
Autoridades que nos representan.
2.- Trata de desarrollar Empatía y ponte un momento en su lugar. En
tu libreta contesta la siguiente pregunta:
¿Qué harías si fueras un representante de la ciudadanía?
3.- En hojas de máquina blanca realiza un Ensayo: “Si yo fuera una Autoridad haría...” explicando que tipo de
Autoridad serías, cómo te comportarías,
cuáles serían tus objetivos, tus metas, etc., en tus funciones como
Autoridad. MINIMO DOS CUARTILLAS.
GRACIAS.
FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA. 2° GRADO.
GRUPOS: 2 A, B, C, D.
SEMANA DEL 25-29 DE MAYO DE 2020.
MAESTRA: MAYRA ISABEL ROCHA BALDERAS.
ENVIAR AL CORREO ELECTRÓNICO: xia_bella12@hotmail.com
Fecha de Entrega: Jueves 28 de Mayo de 2020.
INTRODUCCIÓN.
EL DERECHO DE PETICIÓN es un derecho Constitucional a favor de los gobernados, para que
sobre cualquier duda que se tenga sobre un acto, decisión o resolución; la
Autoridad tenga la obligación de responder a la inquietud planteada. Y
encuentra su fundamento legal en el Artículo
8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
ARTÍCULO 8.- Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del
derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera
pacífica y respetuosa; pero en materia política solo podrán hacer uso de ese
derecho los ciudadanos de la República.
A toda petición deberá recaer un
acuerdo escrito de la Autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene
obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario”
ACTIVIDAD ÚNICA.
INSTRUCCIONES:
Imagina que estas
frente a una Autoridad Pública que no
cumplió con la Ley durante sus funciones y que ha regresado con la intención de
reparar el daño y atender sus necesidades
e intereses.
En tu libreta contesta los siguientes
planteamientos:
¿QUÉ LE DIRÍAS?
¿CÓMO ARGUMENTARÍAS TU PETICIÓN?
PLANTEA TU PETICIÓN POR ESCRITO DE MANERA FORMAL.
GRACIAS.

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