FCyE MAESTRA MAYRA 2° A, B, C y D

ESCUELA SECUNDARIA GENERAL  No. 2 “QUANAX-HUATO”
GUANAJUATO, GTO. CLAVE 11DES0091D        
CICLO ESCOLAR 2019– 2020
 ACTIVIDADES A DISTANCIA


SEMANA DEL 18-22 DE MAYO DE 2020.
MAESTRA: MAYRA ISABEL ROCHA BALDERAS.
ENVIAR AL CORREO ELECTRÓNICO: xia_bella12@hotmail.com
Fecha de Entrega: Jueves 21 de Mayo de 2020.
TRIMESTRE 3.- LA CONSTRUCCIÓN DE UNA SOCIEDAD JUSTA Y DEMOCRÁTICA ES RESPONSABILIDAD COMPARTIDA.
SECUENCIA 13.- PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN LAS ATRIBUCIONES, RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE REPRESENTANTES Y SERVIDORES PÚBLICOS.
TEMA: “PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL RESPETO DE LAS LEYES”
Aprendizaje Esperado.: El alumno reconoce las atribuciones y responsabilidades de los representantes y servidores públicos y analiza, conforme a ellas, su desempeño.
Eje: Sentido de justicia y apego a la legalidad.
Página 153 de tu libro de texto.
INTRODUCCIÓN:
RECORDEMOS:
QUE: La Autoridad es la facultad que tiene algunas personas para dirigir a otras en la realización de una actividad, en su comportamiento o en un proceso de aprendizaje.
Las figuras de autoridad con las que convivimos a diario: Padres y madres de familia, Maestros, Directivos de las Escuelas, Entrenadores, Árbitros deportivos, etc.
Todas y cada una de las figuras de Autoridad tiene la responsabilidad de cuidar guiar a las personas que están bajo su responsabilidad. Por ello  deben de apoyarse en normas y leyes que les sirven para regular las acciones de los integrantes de la Comunidad con la intención de mantener un orden que permita a todas las personas desarrollar sus actividades con seguridad, en un ambiente de justicia y respeto a la dignidad y derechos humanos.
Principios necesarios para el ejercicio de la autoridad en una sociedad democrática:
·        Legitimidad.
·        Legalidad.
Así mismo la función de las Autoridades públicas puede darse de forma Directa o Indirecta, dependiendo del cargo o actividad del servidor público.
v DIRECTA.
v INDIRECTA
  Dentro de las obligaciones de los servidores públicos conducirse en el desarrollo de sus funciones con apego a las leyes, de forma leal, honrada, imparcial, eficiente, objetiva, profesional, eficaz, equitativa, transparente (rendición de cuentas), económica, íntegra y competente.
La rendición de cuentas hace valer el derecho a  la información, consagrado en el Artículo Sexto Constitucional: “…El derecho a la información será garantizado por el Estado…”. y parte del principio de soberanía popular: “el pueblo manda y debe der ser informado”. Se caracteriza por articular dos intenciones:
v INFORMAR.- Las Autoridades dan a conocer a la ciudadanía lo que hacen y la forma en que lo hacen.
v JUSTIFICAR.- Las Autoridades explican las razones de sus decisiones.
En conjunto, la transparencia y la rendición de cuentas permiten que la ciudadanía pueda:
v Conocer a sus Autoridades y saber lo que hacen y como lo hacen.
v Evaluar a los Servidores Públicos e Instituciones identificando sus errores y aciertos.
v Vigilar las acciones de los Servidores Públicos y Representantes Populares.
v Participar con los gobiernos en el logro de metas del beneficio común.
v Exigir sanciones para las Autoridades que no cumplan con su deber con apego a la ley.

INSTRUCCIONES:
ACTIVIDADES:
1.- Reflexiona acerca de la responsabilidad que le corresponde a las Autoridades que nos representan.
2.- Trata de desarrollar Empatía y ponte un momento en su lugar. En tu libreta contesta la siguiente pregunta: ¿Qué harías si fueras un representante de la ciudadanía?
3.- En hojas de máquina blanca realiza un Ensayo: “Si yo fuera una Autoridad haría...” explicando que tipo de Autoridad serías, cómo te comportarías,  cuáles serían tus objetivos, tus metas, etc., en tus funciones como Autoridad. MINIMO DOS CUARTILLAS.
GRACIAS.




FORMACIÓN CÍVICA Y ÉTICA. 2° GRADO.
GRUPOS: 2 A, B, C, D.
SEMANA DEL 25-29 DE MAYO DE 2020.
MAESTRA: MAYRA ISABEL ROCHA BALDERAS.
ENVIAR AL CORREO ELECTRÓNICO: xia_bella12@hotmail.com
Fecha de Entrega: Jueves 28 de Mayo de 2020.

INTRODUCCIÓN.
EL DERECHO DE PETICIÓN es un derecho Constitucional a favor de los gobernados, para que sobre cualquier duda que se tenga sobre un acto, decisión o resolución; la Autoridad tenga la obligación de responder a la inquietud planteada. Y encuentra su fundamento legal en el Artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
ARTÍCULO 8.- Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política solo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la Autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario”
ACTIVIDAD ÚNICA.
INSTRUCCIONES:
            Imagina que estas frente a una Autoridad Pública  que no cumplió con la Ley durante sus funciones y que ha regresado con la intención de reparar el daño  y atender sus necesidades e intereses.
En tu libreta contesta los siguientes planteamientos:
¿QUÉ LE DIRÍAS?
¿CÓMO ARGUMENTARÍAS TU PETICIÓN?
PLANTEA TU PETICIÓN POR ESCRITO DE MANERA FORMAL.
GRACIAS.

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